Las ayudas económicas para el sostenimiento de la parroquia se podrán hacer por algunos de los siguientes procedimientos:
a) En efectivo, en la sacristía o en el despacho al párroco.
b) Domiciliando el donativo a través del banco en cuotas periódicas (mensuales, trimestrales, anuales…) Hay impresos para la domiciliación en el despacho parroquial. estos donativos son desgravables en la declaración de renta.
c) Con un ingreso o transferencia a una de las cuentas de la parroquia:
- Parroquia; ES22-0049-1131-2920-1001-1028
- Cáritas parroquial ES32-0049-1131-2227-1011-2959
Estos donativos son desgravables en la declaración de haciendo si se indica el nombre completo y el NIF en el ingreso o transferencia.
d) A través de la página web www.donoamiiglesia.es de la conferencia Episcopal Española.